Aborto: la posición judía masortí

Teshuvot del CJLS — Grossman/Reisner (2023) y Bokser/Abelson (1983) · Resumen en español

La pregunta

¿Qué dice la halajá judía sobre el aborto? ¿Cuándo está permitido? ¿Es la posición judía similar a la católica?

El argumento central

La posición judía sobre el aborto es radicalmente diferente de la católica. La halajá NO considera que la vida comienza en la concepción. El feto tiene un estatus especial pero no es equivalente a una persona nacida (nefesh).

El Talmud (Oholot 7:6) establece que si el embarazo pone en peligro la vida de la madre, el feto debe ser eliminado porque «su vida tiene prioridad». Solo cuando la cabeza ya salió se considera una persona con derecho a vida igual.

El CJLS ha emitido dos teshuvot principales:

  • Bokser y Abelson (1983): Establecieron que el aborto está permitido cuando la continuación del embarazo pone en riesgo la vida o la salud (física o mental) de la madre.
  • Grossman y Reisner (2023): Actualizaron la posición en el contexto post-Roe, ampliando el análisis y reafirmando que la ley judía permite el aborto en más circunstancias de las que muchos creen.

Implicaciones prácticas

Posición masortí clara: El aborto está permitido — y en algunos casos es obligatorio — cuando la vida o la salud de la madre están en riesgo. La «salud» incluye la salud mental. El feto no es una persona en el sentido halájico hasta el nacimiento. Leyes que prohíben el aborto en todas las circunstancias violan la libertad religiosa judía.

Leer «Understanding Jewish Views of Abortion» (PDF)

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